En el inabarcable catálogo de órdenes ejecutivas se oculta una con la que se enfrentan también a Europa y al principio de humanidad: un mes ... después de tomar posesión como presidente, Donald Trump ha ordenado al Departamento de Justicia a través de la Oficina del Fiscal General la reanudación de la pena capital federal y el levantamiento de la moratoria de s las ejecuciones por la Orden Ejecutiva n. 14164 sobre Restauración de la Pena de Muerte y Protección de la Seguridad pública.
Entre los argumentos que justifican su decisión se encuentra, por un lado, que «el pueblo estadounidense mediante sus representantes legítimos ha reafirmado la eficacia de la pena capital por sus efectos disuasorios, como vehículo para las víctimas de obtener Justicia y satisfacción emocional. De esta forma se reanuda la historia del Departamento de Justicia que ha impulsado condenas de penas de muerte federales para los crímenes más horrendos bajo el imperio del Derecho y se cierra a un periodo en el que la voluntad popular había sido suplantada por creencias personales, durante el cual, violadores de menores, asesinos en masa, terroristas y otros peligrosos criminales dejaron de ser imputados con la pena capital, lo que minó y dañó de forma grave la confianza de la opinión pública en el sistema de justicia penal, para las víctimas de estos crímenes, inacción que traicionó el deber sagrado de hacer Justicia».
Con objeto de cumplir con la Orden presidencial, el Fiscal General ha ordenado «levantar la moratoria de la anterior Administración en vigor desde el 1 de julio de 2021 de manera inmediata, por lo que cuando una pena capital sea impuesta por un tribunal federal, el Departamento procederá a ejecutarla de conformidad con la Ley. En segundo lugar, «los fiscales federales pedirán la pena capital para los crímenes que el Congreso ha tipificado como capitales y donde no existan circunstancias atenuantes», a la vez que se amplía el catálogo de delitos para los que hay que instar la pena de muerte, que alcanza incluso a los extranjeros que crucen las fronteras nacionales y se encuentren en los Estados Unidos sin un estatuto legal.
Así mismo, se obliga al Comité de Revisión de Penas capitales de la Oficina del Abogado General a revisar sus decisiones de no pedir la pena capital para aquellos casos en los que se pueda solicitar durante el período de 20 de enero de 2021 hasta el 19 de enero de 2025, revisión que tendrá lugar en un plazo máximo de 120 días, prestándose especial atención a aquellos vinculados con los carteles u organizaciones criminales transnacionales, crímenes capitales cometidos por inmigrantes irregulares, y en territorios indios, o dentro de la jurisdicción marítima y territorial federal.
Por último, la Instrucción presidencial obliga al Departamento de Justicia a modificar toda orden anterior en lo relativo a la aplicación del denominado 'Manual de Justicia' sobre las revisiones anteriormente ordenadas por la Administración. Del mismo modo, y en un plazo de 90 días, esta oficina valorará si la utilización de un solo componente en la inyección letal, el pentobarbital, se ajusta a las exigencias de la Octava enmienda, y como parte de este examen se evaluará si es necesario incluir otras formas de ejecución de conformidad con el Código Penal y de Procedimental Federal y se evaluarán todas las posibles vías para reforzar la pena capital federal como un mecanismo útil para castigar los crímenes lo que incluye especialmente llevar a término la misma. A su vez, ordena al Departamento a tomar todas las medidas necesarias para obtener una reevaluación de los precedentes judiciales que han venido limitando la autoridad de los gobiernos estatales y federales para imponer la condena capital. La Oficina Federal de Prisiones colaborará con los sistemas carcelarios estatales para asegurar que existen suficientes suministros de drogas letales y recursos para llevar a cabo las ejecuciones.
Por último, y como respuesta a la conmutación por parte del presidente Biden de las 37 condenas por delitos federales, «el Departamento de Justicia procederá con la siguiente directiva: primero, se abrirá un foro público para los familiares de las víctimas para que manifiesten cómo estas conmutaciones les afectaron personalmente; segundo, se buscará dentro de la legalidad vigente la condena capital para los condenados conmutados por la legislación estatal, tras consulta con los familiares y otras partes interesadas; tercero, y último, se tomarán las medidas necesarias para que las condiciones de reclusión de los conmutados se corresponda con la naturaleza de sus crímenes, historial delictivo y demás consideraciones pertinentes».
Se trata, por lo tanto, no solo de aranceles, sino de una orgía de crueldad como política de Estado, que va desde el chantaje a Ucrania, el impulso al genocidio en Gaza y al secuestro de personas y su envío a la súper cárcel de Bukele. En fin, con esta orden ejecutiva se produce la nueva entronización de la pena capital que la convención de Derechos Humanos de la UE prohíbe radicalmente en su primer artículo.
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